Gobierno Departamental
- El Gobierno y la Administración de los Departamentos serán ejercidos por una Junta Departamental y un Intendente. - Integración: Funciones: o Vialidad urbana y vecinal. o Tránsito o Alumbrado público. o Mantenimiento de plazas y parques. o Transporte público. o Funcionamiento de ferias y mercados. GOBIERNOS DEPARTAMENTALES (Art. 262 y sig. de la Constitución) - El Gobierno y la Administración de los Departamentos serán ejercidos por una Junta Departamental y un Intendente. - Integración: o Intendencia o Junta departamental o Juntas locales - Funciones: o Vialidad urbana y vecinal. o Tránsito o Alumbrado público. o Mantenimiento de plazas y parques. o Transporte público. o Funcionamiento de ferias y mercados. INTENDENCIA Órgano unipersonal integrado por el intendente electo directamente por el cuerpo electoral, el 2º domingo del mes de mayo del año siguiente a las elecciones nacionales. Tienen sus sedes en las capitales departamentales e inician sus funciones sesenta días después de su elección. - Requisitos: o 30 años. o Ciudadanía natural o legal con 7 años de ejercicio. o Nativo del departamento o haber estado radicado en el mismo tres años antes de la toma de posesión. o Permanece en el cargo durante los 5 años de gobierno. o Puede ser reelecto 1 sola vez. - Funciones: o Cumplir y hacer cumplir la Constitución y las Leyes. o Promulgar y publicar los decretos sancionados por la Junta Departamental. o Preparar el presupuesto. o Proponer a la Junta Departamental los impuestos, tasas y contribuciones. o Nombrar a los empleados de sus dependencias o Destituir a los empleados de la misma o Designar a los miembros de las Juntas locales. JUNTA DEPARTAMENTAL Órgano legislativo porque tiene a su cargo la elaboración de los decretos y resoluciones del gobierno departamental. Órgano pluripersonal y unicameral. Integrado por 31 miembros llamados ediles, electos por el cuerpo electoral. Son cargos honorarios. - Requisitos o 18 años de edad. o Ciudadanía natural o legal con 3 años de ejercicio. o Nativo del departamento o estar radicado en él desde 3 años antes. o Duran 5 años en el ejercicio de sus funciones. - Funciones o Dictar, a propuesta del Intendente o iniciativa propia, los decretos y resoluciones. o Sancionar los presupuestos. o Crear o fijar, a propuesta del Intendente, impuestos, tasas, contribuciones y precios de los servicios que presten. o Nombrar a los empleados de sus dependencias. o Corregir, suspender y destituir a los funcionarios por ineptitud, omisión o delito. o Pedir informes al intendente y hacerlo concurrir a sala para que de cuenta de su gestión CONGRESO DE INTENDENTES A partir de 1996, se crea el Congreso de Intendentes, con el fin de coordinar las políticas de los gobiernos departamentales. MUNICIPIOS
ATRIBUCIONES ( Potestad que tienen para cumplir un cometido)
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ResponderEliminarExtraído de www.educatic.edu.uy página web
ResponderEliminarExtraído de Formación Ciudadana Mónica Bottero y Sara Goncalvez
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